Autoridad Ambiental

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Mediante Acuerdo Metropolitano N° 07 del 26 de julio de 2016, la Junta Metropolitana, adoptó la decisión de la ciudadanía conforme los resultados de la Consulta Popular celebrada en 10 de julio de 2016; en la que la mayoría de los ciudadanos que ejercieron el derecho al voto, manifestaron su decisión de que el municipio de Envigado (Antioquia) fuera un municipio asociado al Área Metropolitana del Valle de Aburrá.

De conformidad con el numeral 7 del artículo 29 de la Ley 99 de 1993, la Junta Metropolitana mediante Acuerdo Metropolitano N° 07 del 26 de julio de 2016, autorizó al Director de la entidad para delegar funciones en asuntos ambientales de conformidad con el ordenamiento jurídico.

Mediante la resolución metropolitana 001341 del 27 de julio de 2016 se delegan en el municipio de Envigado (Antioquia) territorio integrado a la jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, el ejercicio de la autoridad ambiental en zona urbana del mismo, acorde a su Plan de Ordenamiento Territorial.

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La Ley 99 de 1993 en su Artículo 54, faculta a las Corporaciones Autónomas Regionales para que deleguen en las entidades territoriales el otorgamiento de licencias, concesiones, permisos y autorizaciones que les corresponda expedir, salvo para la realización de obras o el desarrollo de actividades por parte de la misma entidad territorial. El Artículo 32 de la citada Ley precisa que la facultad sancionatoria de las Corporaciones Autónomas Regionales es indelegable.

En consecuencia de lo anterior,  Corantioquia delega al municipio de Envigado la Autoridad Ambiental bajo la resolución 3710 del año 200, esta resolución fue modificada por la Corporación Ambiental del Centro de Antioquia en el año 2009 a través del decreto 12165,  tendiendo siempre a la optimización y agilización de concesiones, permisos y autorizaciones.

Con el ingreso del municipio de Envigado al Área Metropolitana del Valle de Aburrá, los tramites que se adelantan con Corantioquia solo son para la zona rural de Envigado.